LICENCIA PÚBLICA GENERAL GNU AFFERO, Versión 3 (AGPL-3.0)

 LICENCIA PÚBLICA GENERAL GNU AFFERO, Versión 3 (AGPL-3.0)

 TÉRMINOS Y CONDICIONES
 0. Definiciones.
 "Esta Licencia" se refiere a la versión 3 de la Licencia Pública General GNU Affero.

 "Derechos de autor" también significa leyes similares a los derechos de autor que se aplican a otros tipos de obras, como las máscaras de semiconductores.

 "El Programa" se refiere a cualquier trabajo protegido por derechos de autor bajo esta Licencia. A cada licenciatario se le llama "usted". Los "licenciatarios" y los "destinatarios" pueden ser personas u organizaciones.

 "Modificar" una obra significa copiar o adaptar toda o parte de la obra de una manera que requiera permiso de derechos de autor, aparte de hacer una copia exacta. El trabajo resultante se denomina "versión modificada" del trabajo anterior o trabajo "basado en" el trabajo anterior.

 Un "trabajo cubierto" significa el Programa no modificado o un trabajo basado en el Programa.
 
"Propagar" una obra significa hacer cualquier cosa con ella que, sin permiso, lo haría responsable directa o secundariamente de una infracción de las leyes de derechos de autor aplicables, excepto ejecutarla en una computadora o modificar una copia privada. La propagación incluye la copia, la distribución (con o sin modificación), la puesta a disposición del público y, en algunos países, también otras actividades.

 "Transmitir" una obra significa cualquier tipo de propagación que permita a otras partes realizar o recibir copias. La mera interacción con un usuario a través de una red informática, sin transferencia de copia, no constituye transmisión.
 
Una interfaz de usuario interactiva muestra "Avisos legales apropiados" en la medida en que incluye una característica conveniente y visiblemente visible que (1) muestra un aviso de derechos de autor apropiado y (2) informa al usuario que no hay garantía para el trabajo (excepto para en la medida en que se proporcionen garantías), que los licenciatarios pueden transmitir el trabajo bajo esta Licencia y cómo ver una copia de esta Licencia. Si la interfaz presenta una lista de comandos u opciones del usuario, como un menú, un elemento destacado de la lista cumple este criterio.

 1. Código fuente.
 El "código fuente" de una obra significa la forma preferida de la obra para realizar modificaciones. "Código objeto" significa cualquier forma de una obra que no sea fuente.

 Una "Interfaz estándar" significa una interfaz que es un estándar oficial definido por un organismo de estándares reconocido o, en el caso de interfaces especificadas para un lenguaje de programación en particular, uno que se usa ampliamente entre los desarrolladores que trabajan en ese lenguaje.
 
Las "Bibliotecas del sistema" de un trabajo ejecutable incluyen cualquier cosa, distinta del trabajo en su conjunto, que (a) esté incluida en la forma normal de empaquetar un Componente principal, pero que no sea parte de ese Componente principal, y (b) sirve únicamente para permitir el uso del trabajo con ese componente principal, o para implementar una interfaz estándar cuya implementación está disponible para el público en forma de código fuente. Un "Componente principal", en este contexto, significa un componente esencial importante (núcleo, sistema de ventanas, etc.) del sistema operativo específico (si lo hay) en el que se ejecuta el trabajo ejecutable, o un compilador utilizado para producir el trabajo. o un intérprete de código objeto utilizado para ejecutarlo.
 
La "Fuente correspondiente" para un trabajo en forma de código objeto significa todo el código fuente necesario para generar, instalar y (para un trabajo ejecutable) ejecutar el código objeto y modificar el trabajo, incluidos los scripts para controlar esas actividades. Sin embargo, no incluye las Bibliotecas del sistema del trabajo, ni las herramientas de propósito general ni los programas gratuitos generalmente disponibles que se utilizan sin modificaciones para realizar esas actividades pero que no forman parte del trabajo. Por ejemplo, la fuente correspondiente incluye archivos de definición de interfaz asociados con los archivos fuente del trabajo y el código fuente de bibliotecas compartidas y subprogramas vinculados dinámicamente que el trabajo está diseñado específicamente para requerir, como por ejemplo mediante comunicación íntima de datos o flujo de control entre esos subprogramas y otras partes de la obra.

 La Fuente Correspondiente no necesita incluir nada que los usuarios puedan regenerar automáticamente desde otras partes de la Fuente Correspondiente.

 La fuente correspondiente a una obra en forma de código fuente es esa misma obra.
 
2. Permisos Básicos.
 Todos los derechos otorgados bajo esta Licencia se otorgan por el plazo de los derechos de autor del Programa y son irrevocables siempre que se cumplan las condiciones establecidas. Esta Licencia afirma explícitamente su permiso ilimitado para ejecutar el Programa no modificado. El resultado resultante de la ejecución de un trabajo cubierto está cubierto por esta Licencia solo si el resultado, dado su contenido, constituye un trabajo cubierto. Esta Licencia reconoce sus derechos de uso legítimo u otros equivalentes, según lo dispuesto por la ley de derechos de autor.
 
Puede realizar, ejecutar y propagar obras cubiertas que no transmita, sin condiciones, siempre que su licencia siga vigente. Puede transmitir trabajos cubiertos a otros con el único propósito de que realicen modificaciones exclusivamente para usted o brindarle instalaciones para ejecutar esos trabajos, siempre que cumpla con los términos de esta Licencia al transmitir todo el material sobre el cual no controla. derechos de autor. Aquellos que realicen o ejecuten los trabajos cubiertos para usted deben hacerlo exclusivamente en su nombre, bajo su dirección y control, en términos que les prohíban hacer copias de su material protegido por derechos de autor fuera de su relación con usted.

 La transmisión en cualquier otra circunstancia está permitida únicamente bajo las condiciones que se indican a continuación. No se permiten sublicencias; el artículo 10 lo hace innecesario.

 3. Protección de los derechos legales de los usuarios frente a la ley contra la elusión. 
Ninguna obra cubierta se considerará parte de una medida tecnológica eficaz en virtud de cualquier ley aplicable que cumpla con las obligaciones previstas en el artículo 11 del tratado de derechos de autor de la OMPI adoptado el 20 de diciembre de 1996, o leyes similares que prohíban o restrinjan la elusión de tales medidas.

 Cuando transmite un trabajo cubierto, renuncia a cualquier poder legal para prohibir la elusión de medidas tecnológicas en la medida en que dicha elusión se efectúe mediante el ejercicio de los derechos bajo esta Licencia con respecto al trabajo cubierto, y renuncia a cualquier intención de limitar la operación o modificación del trabajar como un medio para hacer cumplir, contra los usuarios de la obra, sus derechos legales o los de terceros para prohibir la elusión de medidas tecnológicas.

 4. Transmisión de copias textuales. 
Puede transmitir copias textuales del código fuente del Programa tal como lo recibe, en cualquier medio, siempre que publique de manera visible y apropiada en cada copia un aviso de derechos de autor apropiado; mantener intactos todos los avisos que indiquen que esta Licencia y cualquier término no permisivo agregado de acuerdo con la sección 7 se aplican al código; mantener intactos todos los avisos de ausencia de garantía; y entregar a todos los destinatarios una copia de esta Licencia junto con el Programa.

 Puede cobrar cualquier precio o ningún precio por cada copia que transmita, y puede ofrecer soporte o protección de garantía pagando una tarifa.

 5. Transmisión de versiones fuente modificadas.
 Puede transmitir un trabajo basado en el Programa, o las modificaciones para producirlo a partir del Programa, en forma de código fuente según los términos de la sección 4, siempre que también cumpla con todas estas condiciones:

 a) La obra debe llevar avisos destacados que indiquen que la modificó y la fecha correspondiente. 
b) El trabajo debe llevar avisos destacados que indiquen que se publicó bajo esta Licencia y cualquier condición agregada en la sección 7. Este requisito modifica el requisito de la sección 4 de "mantener intactos todos los avisos".
 c) Debe licenciar la obra completa, en su totalidad, bajo esta Licencia a cualquiera que entre en posesión de una copia. Por lo tanto, esta Licencia se aplicará, junto con los términos adicionales aplicables de la sección 7, a la totalidad del trabajo y a todas sus partes, independientemente de cómo estén empaquetadas. Esta Licencia no otorga permiso para licenciar la obra de ninguna otra manera, pero no invalida dicho permiso si lo ha recibido por separado.
 d) Si la obra tiene interfaces de usuario interactivas, cada una debe mostrar los Avisos Legales Apropiados; sin embargo, si el Programa tiene interfaces interactivas que no muestran Avisos Legales Apropiados, su trabajo no necesita obligar a que lo hagan. 
Una compilación de una obra cubierta con otras obras separadas e independientes, que no son por su naturaleza extensiones de la obra cubierta y que no se combinan con ella para formar un programa más grande, en o sobre un volumen de almacenamiento o distribución. medio, se denomina "agregado" si la compilación y los derechos de autor resultantes no se utilizan para limitar el acceso o los derechos legales de los usuarios de la compilación más allá de lo que permiten las obras individuales. La inclusión de una obra cubierta en un agregado no hace que esta Licencia se aplique a las otras partes del agregado.

 6. Transmisión de formularios no fuente.
 Puede transmitir una obra cubierta en formato de código objeto según los términos de las secciones 4 y 5, siempre que también transmita la Fuente Correspondiente legible por máquina según los términos de esta Licencia, de una de estas maneras:
 
a) Transmitir el código objeto en, o incorporado en, un producto físico (incluido un medio de distribución físico), acompañado de la Fuente Correspondiente fijada en un medio físico duradero habitualmente utilizado para el intercambio de software.
 b) Transmitir el código objeto en, o incorporado en, un producto físico (incluido un medio de distribución físico), acompañado de una oferta por escrito, válida por al menos tres años y válida mientras ofrezca repuestos o soporte al cliente para ese modelo de producto, para dar a cualquiera que posea el código objeto (1) una copia de la Fuente Correspondiente de todo el software del producto cubierto por esta Licencia, en un medio físico duradero habitualmente utilizado para el intercambio de software, por un precio no más que el costo razonable de realizar físicamente esta transmisión de la fuente, o (2) acceso para copiar la Fuente correspondiente desde un servidor de red sin costo alguno. 
c) Transmitir copias individuales del código objeto con una copia de la oferta escrita para proporcionar la Fuente Correspondiente. Esta alternativa se permite solo ocasionalmente y sin fines comerciales, y solo si recibió el código objeto con dicha oferta, de acuerdo con la subsección 6b. 
d) Transmitir el código objeto ofreciendo acceso desde un lugar designado (gratis o con cargo), y ofrecer acceso equivalente a la Fuente Correspondiente de la misma manera a través del mismo lugar sin cargo adicional. No es necesario exigir a los destinatarios que copien la fuente correspondiente junto con el código objeto. Si el lugar para copiar el código objeto es un servidor de red, la Fuente correspondiente puede estar en un servidor diferente (operado por usted o un tercero) que admita instalaciones de copia equivalentes, siempre que mantenga instrucciones claras junto al código objeto que indiquen dónde encuentre la fuente correspondiente. Independientemente del servidor que aloje la Fuente correspondiente, usted sigue obligado a garantizar que esté disponible durante el tiempo necesario para satisfacer estos requisitos.
 e) Transmitir el código objeto mediante transmisión de igual a igual, siempre que informe a otros pares dónde se ofrece el código objeto y la fuente correspondiente del trabajo al público en general sin cargo según la subsección 6d. 
No es necesario incluir una porción separable del código objeto, cuyo código fuente está excluido de la Fuente Correspondiente como Biblioteca del Sistema, al transmitir el trabajo del código objeto.

 Un "Producto de usuario" es (1) un "producto de consumo", que significa cualquier propiedad personal tangible que normalmente se utiliza para fines personales, familiares o domésticos, o (2) cualquier cosa diseñada o vendida para su incorporación a una vivienda. Para determinar si un producto es de consumo, los casos dudosos se resolverán a favor de la cobertura. Para un producto en particular recibido por un usuario en particular, "usado normalmente" se refiere a un uso típico o común de esa clase de producto, independientemente del estado del usuario en particular o de la forma en que el usuario en particular realmente usa, o espera o se espera utilizar el producto. Un producto es un producto de consumo independientemente de si tiene usos sustanciales comerciales, industriales o no relacionados con el consumo, a menos que dichos usos representen el único modo significativo de uso del producto.
 
"Información de instalación" para un Producto de usuario significa cualquier método, procedimiento, claves de autorización u otra información necesaria para instalar y ejecutar versiones modificadas de un trabajo cubierto en ese Producto de usuario desde una versión modificada de su Fuente correspondiente. La información debe ser suficiente para garantizar que en ningún caso se impida o interfiera el funcionamiento continuo del código objeto modificado únicamente porque se haya realizado la modificación.
 
Si transmite un trabajo de código objeto según esta sección en, o con, o específicamente para su uso en, un Producto de usuario, y la transmisión ocurre como parte de una transacción en la que el derecho de posesión y uso del Producto de usuario se transfiere al destinatario a perpetuidad o por un plazo fijo (independientemente de cómo se caracterice la transacción), la Fuente Correspondiente transmitida en virtud de esta sección debe ir acompañada de la Información de Instalación. Pero este requisito no se aplica si ni usted ni ningún tercero conserva la capacidad de instalar código objeto modificado en el Producto del usuario (por ejemplo, el trabajo se ha instalado en la ROM).
 
El requisito de proporcionar Información de instalación no incluye el requisito de continuar brindando servicio de soporte, garantía o actualizaciones para un trabajo que haya sido modificado o instalado por el destinatario, o para el Producto del usuario en el que se haya modificado o instalado. Se puede denegar el acceso a una red cuando la modificación en sí afecta material y adversamente el funcionamiento de la red o viola las reglas y protocolos de comunicación a través de la red.

 La Fuente correspondiente transmitida y la Información de instalación proporcionada, de acuerdo con esta sección, deben estar en un formato que esté documentado públicamente (y con una implementación disponible para el público en forma de código fuente) y no deben requerir contraseña o clave especial para descomprimir, leer. o copiando.

 7. Términos adicionales. 
Los "permisos adicionales" son términos que complementan los términos de esta Licencia al hacer excepciones a una o más de sus condiciones. Los permisos adicionales que sean aplicables a todo el Programa se considerarán incluidos en esta Licencia, en la medida en que sean válidos según la ley aplicable. Si los permisos adicionales se aplican solo a una parte del Programa, esa parte se puede usar por separado bajo esos permisos, pero el Programa completo permanece regido por esta Licencia independientemente de los permisos adicionales.

 Cuando transmite una copia de un trabajo cubierto, puede, a su elección, eliminar cualquier permiso adicional de esa copia o de cualquier parte de ella. (Se pueden escribir permisos adicionales para requerir su propia eliminación en ciertos casos cuando usted modifica el trabajo). Puede otorgar permisos adicionales sobre material, agregado por usted a un trabajo cubierto, para el cual tiene o puede otorgar el permiso de derechos de autor apropiado.
 
Sin perjuicio de cualquier otra disposición de esta Licencia, para el material que agregue a un trabajo cubierto, puede (si lo autorizan los titulares de derechos de autor de ese material) complementar los términos de esta Licencia con términos:

 a) Renunciar a la garantía o limitar la responsabilidad de manera diferente a los términos de las secciones 15 y 16 de esta Licencia; o
 b) Requerir la preservación de avisos legales razonables especificados o atribuciones de autor en ese material o en los Avisos Legales Apropiados exhibidos por las obras que lo contienen; o
 c) Prohibir la tergiversación del origen de ese material, o exigir que las versiones modificadas de dicho material se marquen de manera razonable como diferentes de la versión original; o
 d) Limitar el uso con fines publicitarios de nombres de licenciantes o autores del material; o
 e) Negarse a otorgar derechos bajo la ley de marcas para el uso de algunos nombres comerciales, marcas comerciales o marcas de servicio; o 
f) Exigir indemnización a los licenciantes y autores de ese material por parte de cualquiera que transmita el material (o versiones modificadas del mismo) con supuestos contractuales de responsabilidad hacia el destinatario, por cualquier responsabilidad que estos supuestos contractuales impongan directamente a esos licenciantes y autores.
 Todos los demás términos adicionales no permisivos se consideran "restricciones adicionales" en el sentido de la sección 10. Si el Programa tal como lo recibió, o cualquier parte del mismo, contiene un aviso que indica que se rige por esta Licencia junto con un término que es una restricción adicional, puede eliminar ese término. Si un documento de licencia contiene una restricción adicional pero permite volver a otorgar la licencia o transmitirla bajo esta Licencia, usted puede agregar a un material de trabajo cubierto que se rige por los términos de ese documento de licencia, siempre que la restricción adicional no sobreviva a dicha renovación de la licencia o transmisión.
 
Si agrega términos a un trabajo cubierto de acuerdo con esta sección, debe colocar, en los archivos fuente relevantes, una declaración de los términos adicionales que se aplican a esos archivos, o un aviso que indique dónde encontrar los términos aplicables.

 Se pueden establecer términos adicionales, permisivos o no permisivos, en forma de una licencia escrita por separado, o como excepciones; Los requisitos anteriores se aplican de cualquier manera.

 8. Terminación.
 No puede propagar ni modificar un trabajo cubierto, excepto según lo expresamente dispuesto en esta Licencia. Cualquier intento de propagarla o modificarla es nulo y cancelará automáticamente sus derechos en virtud de esta Licencia (incluidas las licencias de patente otorgadas en virtud del tercer párrafo de la sección 11).
 
Sin embargo, si usted deja de violar esta Licencia, entonces su licencia de un titular de derechos de autor en particular se restablece (a) provisionalmente, a menos y hasta que el titular de los derechos de autor rescinda su licencia de manera explícita y definitiva, y (b) permanentemente, si el titular de los derechos de autor no cumple con sus obligaciones. notificarle de la violación por algún medio razonable antes de los 60 días posteriores al cese.

 Además, su licencia de un titular de derechos de autor en particular se restablece permanentemente si el titular de los derechos de autor le notifica la violación por algún medio razonable; esta es la primera vez que recibe un aviso de violación de esta Licencia (para cualquier trabajo) de ese titular de los derechos de autor. y usted subsana la infracción antes de los 30 días posteriores a la recepción de la notificación.
 
La terminación de sus derechos bajo esta sección no termina las licencias de las partes que han recibido copias o derechos de usted bajo esta Licencia. Si sus derechos han sido rescindidos y no restablecidos permanentemente, no califica para recibir nuevas licencias para el mismo material según la sección 10.

 9. No se requiere aceptación para tener copias.
 No es necesario que acepte esta Licencia para recibir o ejecutar una copia del Programa. La propagación auxiliar de una obra cubierta que se produzca únicamente como consecuencia del uso de la transmisión entre pares para recibir una copia tampoco requiere aceptación. Sin embargo, nada más que esta Licencia le otorga permiso para propagar o modificar cualquier trabajo cubierto. Estas acciones infringen los derechos de autor si no acepta esta Licencia. Por lo tanto, al modificar o propagar un trabajo cubierto, usted indica que acepta esta Licencia para hacerlo.

 10. Licencia automática de destinatarios intermedios. 
Cada vez que transmite un trabajo cubierto, el destinatario recibe automáticamente una licencia de los licenciantes originales para ejecutar, modificar y propagar ese trabajo, sujeto a esta Licencia. Usted no es responsable de exigir el cumplimiento de esta Licencia por parte de terceros.

 Una "transacción de entidad" es una transacción que transfiere el control de una organización, o sustancialmente todos los activos de una, o subdivide una organización, o fusiona organizaciones. Si la propagación de una obra cubierta es el resultado de una transacción de una entidad, cada parte de esa transacción que recibe una copia de la obra también recibe cualquier licencia para la obra que el predecesor de la parte interesada tenía o podía otorgar según el párrafo anterior, más un derecho a la posesión. de la Fuente Correspondiente de la obra del predecesor en interés, si el predecesor la tiene o puede conseguirla con esfuerzos razonables.
 
No puede imponer ninguna restricción adicional al ejercicio de los derechos otorgados o afirmados bajo esta Licencia. Por ejemplo, no puede imponer una tarifa de licencia, regalías u otros cargos por el ejercicio de los derechos otorgados en virtud de esta Licencia, y no puede iniciar un litigio (incluido un reclamo cruzado o una reconvención en una demanda) alegando que se infringe cualquier reclamo de patente. al crear, utilizar, vender, ofrecer a la venta o importar el Programa o cualquier parte del mismo.

 11. Patentes.
 Un "colaborador" es un titular de derechos de autor que autoriza el uso bajo esta Licencia del Programa o de un trabajo en el que se basa el Programa. La obra así licenciada se denomina "versión del colaborador".
 
Las "reivindicaciones de patentes esenciales" de un colaborador son todas las reivindicaciones de patente que pertenecen o están controladas por el colaborador, ya sean adquiridas o adquiridas en el futuro, que serían infringidas de alguna manera, permitida por esta Licencia, al fabricar, usar o vender su versión del colaborador, pero no incluya reclamaciones que se infringirían únicamente como consecuencia de una modificación adicional de la versión del colaborador. Para los fines de esta definición, "control" incluye el derecho a otorgar sublicencias de patentes de manera consistente con los requisitos de esta Licencia.

 Cada colaborador le otorga una licencia de patente no exclusiva, mundial y libre de regalías según las reclamaciones de patente esenciales del colaborador, para hacer, usar, vender, ofrecer a la venta, importar y ejecutar, modificar y propagar de otro modo el contenido de su versión de colaborador.
 
En los tres párrafos siguientes, una "licencia de patente" es cualquier acuerdo o compromiso expreso, cualquiera que sea su denominación, de no hacer cumplir una patente (como un permiso expreso para practicar una patente o un convenio de no demandar por infracción de patente). "Otorgar" dicha licencia de patente a una parte significa celebrar tal acuerdo o compromiso de no hacer valer una patente contra la parte.
 
Si transmite una obra cubierta, basándose conscientemente en una licencia de patente, y la fuente correspondiente de la obra no está disponible para que nadie la copie, de forma gratuita y según los términos de esta Licencia, a través de un servidor de red disponible públicamente u otro medio de fácil acceso. significa, entonces usted debe (1) hacer que la Fuente Correspondiente esté disponible, o (2) hacer arreglos para privarse del beneficio de la licencia de patente para este trabajo en particular, o (3) hacer arreglos, de una manera consistente con el requisitos de esta Licencia, para extender la licencia de patente a destinatarios posteriores. "Confiar a sabiendas" significa que usted tiene conocimiento real de que, de no ser por la licencia de patente, su transmisión de la obra cubierta en un país, o el uso de la obra cubierta por parte de su destinatario en un país, infringiría una o más patentes identificables en ese país que usted tenemos motivos para creer que son válidos.
 
Si, de conformidad con una sola transacción o acuerdo, o en conexión con él, usted transmite o propaga mediante la obtención de la transmisión de una obra cubierta y otorga una licencia de patente a algunas de las partes que reciben la obra cubierta, autorizándolas a usar, propagar o modificar. o transmitir una copia específica de la obra cubierta, entonces la licencia de patente que usted otorga se extiende automáticamente a todos los destinatarios de la obra cubierta y a las obras basadas en ella.
 
Una licencia de patente es "discriminatoria" si no incluye dentro del alcance de su cobertura, prohíbe el ejercicio o está condicionada al no ejercicio de uno o más de los derechos que se otorgan específicamente bajo esta Licencia. No puede transmitir un trabajo cubierto si es parte de un acuerdo con un tercero que se dedica a distribuir software, en virtud del cual realiza un pago al tercero en función del alcance de su actividad de transmitir el trabajo, y en virtud de la cual el tercero otorga, a cualquiera de las partes que recibiría el trabajo cubierto de usted, una licencia de patente discriminatoria (a) en relación con copias del trabajo cubierto transmitidas por usted (o copias hechas a partir de esas copias), o ( b) principalmente para y en relación con productos o compilaciones específicos que contienen el trabajo cubierto, a menos que haya celebrado ese acuerdo o que se haya concedido la licencia de patente antes del 28 de marzo de 2007.
 
Nada en esta Licencia se interpretará como una exclusión o limitación de cualquier licencia implícita u otras defensas contra la infracción que de otro modo podrían estar disponibles para usted según la ley de patentes aplicable.

 12. No renunciar a la libertad de los demás.
 Si se le imponen condiciones (ya sea por orden judicial, acuerdo o de otro modo) que contradicen las condiciones de esta Licencia, no lo eximen de las condiciones de esta Licencia. Si no puede transmitir una obra cubierta para satisfacer simultáneamente sus obligaciones bajo esta Licencia y cualquier otra obligación pertinente, entonces, como consecuencia, no podrá transmitirla en absoluto. Por ejemplo, si acepta términos que lo obligan a cobrar regalías por la transmisión posterior de aquellos a quienes transmite el Programa, la única manera de cumplir con esos términos y esta Licencia sería abstenerse por completo de transmitir el Programa.

 13. Interacción de red remota; Úselo con la Licencia Pública General GNU. 
Sin perjuicio de cualquier otra disposición de esta Licencia, si modifica el Programa, su versión modificada debe ofrecer de manera destacada a todos los usuarios que interactúan con él de forma remota a través de una red informática (si su versión admite dicha interacción) la oportunidad de recibir la Fuente correspondiente de su versión proporcionando acceso a la Fuente Correspondiente desde un servidor de red sin costo alguno, a través de algún medio estándar o habitual para facilitar la copia de software. Esta Fuente Correspondiente incluirá la Fuente Correspondiente de cualquier trabajo cubierto por la versión 3 de la Licencia Pública General GNU que se incorpore de conformidad con el siguiente párrafo.
 
Sin perjuicio de cualquier otra disposición de esta Licencia, usted tiene permiso para vincular o combinar cualquier trabajo cubierto con un trabajo licenciado según la versión 3 de la Licencia Pública General GNU en un único trabajo combinado, y para transmitir el trabajo resultante. Los términos de esta Licencia seguirán aplicándose a la parte que es el trabajo cubierto, pero el trabajo con el que se combina seguirá rigiéndose por la versión 3 de la Licencia Pública General GNU.

 14. Versiones revisadas de esta Licencia.
 La Free Software Foundation puede publicar periódicamente versiones revisadas y/o nuevas de la Licencia Pública General GNU Affero. Estas nuevas versiones serán similares en espíritu a la versión actual, pero pueden diferir en detalles para abordar nuevos problemas o inquietudes.
 
Cada versión recibe un número de versión distintivo. Si el Programa especifica que se le aplica una determinada versión numerada de la Licencia Pública General GNU Affero "o cualquier versión posterior", usted tiene la opción de seguir los términos y condiciones de esa versión numerada o de cualquier versión posterior publicada por Free Fundación de software. Si el Programa no especifica un número de versión de la Licencia Pública General GNU Affero, puede elegir cualquier versión publicada por la Free Software Foundation.

 Si el Programa especifica que un proxy puede decidir qué versiones futuras de la Licencia Pública General GNU Affero se pueden utilizar, la declaración pública de aceptación de una versión de ese proxy le autoriza permanentemente a elegir esa versión para el Programa.

 Las versiones de licencia posteriores pueden otorgarle permisos adicionales o diferentes. Sin embargo, no se imponen obligaciones adicionales a ningún autor o titular de derechos de autor como resultado de su elección de seguir una versión posterior.

 15. Descargo de responsabilidad de garantía. 
NO HAY GARANTÍA PARA EL PROGRAMA, EN LA MEDIDA EN QUE LO PERMITA LA LEY APLICABLE. SALVO QUE SE INDIQUE LO CONTRARIO POR ESCRITO, LOS TITULARES DE LOS DERECHOS DE AUTOR Y/U OTRAS PARTES PROPORCIONAN EL PROGRAMA "TAL CUAL" SIN GARANTÍA DE NINGÚN TIPO, YA SEA EXPRESA O IMPLÍCITA, INCLUYENDO, PERO NO LIMITADO A, LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD E IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR. . TODO EL RIESGO EN CUANTO A LA CALIDAD Y RENDIMIENTO DEL PROGRAMA CORRE CON USTED. SI EL PROGRAMA RESULTA DEFECTUOSO, USTED ASUME EL COSTO DE TODO EL SERVICIO, REPARACIÓN O CORRECCIÓN NECESARIOS.

 16. Limitación de Responsabilidad. 
EN NINGÚN CASO, A MENOS QUE LO EXIJA LA LEY APLICABLE O SE ACUERDE POR ESCRITO, EL TITULAR DE LOS DERECHOS DE AUTOR O CUALQUIER OTRA PARTE QUE MODIFIQUE Y/O TRANSMITA EL PROGRAMA SEGÚN LO PERMITIDO ARRIBA, SERÁ RESPONSABLE ANTE USTED POR DAÑOS, INCLUYENDO CUALQUIER DAÑO GENERAL, ESPECIAL, INCIDENTAL O CONSECUENTE. DAÑOS QUE SURJAN DEL USO O INCAPACIDAD DE UTILIZAR EL PROGRAMA (INCLUYENDO, PERO NO LIMITADO A, PÉRDIDA DE DATOS O DATOS QUE SE HACEN INEXACTOS O PÉRDIDAS SOSTENIDAS POR USTED O TERCEROS O UNA FALLA DEL PROGRAMA PARA FUNCIONAR CON CUALQUIER OTRO PROGRAMA), INCLUSO SI DICHO TITULAR U OTRA PARTE HA SIDO INFORMADO DE LA POSIBILIDAD DE TALES DAÑOS.

 17. Interpretación de los artículos 15 y 16.
 Si a la renuncia de garantía y limitación de responsabilidad proporcionadas anteriormente no se les puede dar efecto legal local de acuerdo con sus términos, los tribunales de revisión aplicarán la ley local que más se aproxime a una renuncia absoluta de toda responsabilidad civil en relación con el Programa, a menos que una garantía o asunción de responsabilidad acompaña una copia del Programa a cambio de una tarifa. 

FIN DE TÉRMINOS Y CONDICIONES